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Blog / Hostelería y comercio

Registro de jornada en hostelería y comercio: qué exige la ley hoy y qué viene

Obligatorio desde 2019, se conserva cuatro años y las multas van de 751 a 7.500 euros. Qué exige hoy el registro de jornada, en qué punto está el registro digital y cómo llevarlo sin papeleo en un bar o una tienda.

Publicado el 5 min de lecturaEquipo de ibero TI

El registro de jornada es obligatorio en España desde mayo de 2019 para todas las empresas, también para el bar con dos camareros o la tienda con una dependienta. En hostelería y comercio, con turnos partidos, extras y fines de semana, es donde más inspecciones y más dudas genera. Te contamos qué exige la ley hoy, qué cambiará cuando se apruebe el registro digital y cómo llevarlo sin perder tiempo.

Registro de jornada: empleada fichando en un terminal de pared al llegar al trabajo
Un registro de jornada fiable empieza en la puerta: fichar al entrar y al salir lleva segundos si el sistema está a mano.

Qué exige hoy el registro de jornada

El Real Decreto-ley 8/2019 añadió al Estatuto de los Trabajadores el artículo 34.9. Desde el 12 de mayo de 2019, la empresa debe registrar cada día la hora concreta de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador.

  • A quién afecta: a todos los trabajadores por cuenta ajena, con contrato a jornada completa, parcial o temporal.
  • Cuánto se guarda: cuatro años, a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.
  • Cómo se organiza: mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa, o por decisión del empresario previa consulta a los representantes.
  • Qué sistema: hoy la ley no impone uno concreto. Vale el papel si es fiable, pero tiene que reflejar la realidad y no se puede rellenar a posteriori.
Los contratos a tiempo parcialEn los contratos a tiempo parcial, además, hay que totalizar las horas cada mes y entregar al trabajador el resumen con la nómina. Es justo donde más se equivocan los negocios con extras.

Multas por no llevar el registro de jornada

No llevar el registro de jornada, o llevarlo de forma que no refleja la jornada real, es una infracción grave de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Hoy se sanciona con multas de 751 a 7.500 euros.

En hostelería, el problema habitual no es no tener registro, sino tener uno que no cuadra con los cuadrantes, con los tickets del TPV o con lo que declaran los camareros. Un registro rellenado a final de mes con las horas «de contrato» es lo primero que detecta una inspección.

Registro de jornada digital: en qué punto está

El Ministerio de Trabajo tramita un real decreto para que el registro de jornada sea digital obligatorio, accesible en remoto por la Inspección y sin posibilidad de modificar fichajes sin dejar rastro. A fecha de octubre de 2026 no está aprobado ni publicado en el BOE: el Consejo de Estado emitió un dictamen desfavorable en marzo de 2026 y el texto sigue en tramitación sin fecha.

Aun así, conviene prepararse, porque los requisitos que se manejan son los que cualquier sistema serio ya cumple:

  • Fichaje personal de cada trabajador, sin que otro pueda hacerlo por él.
  • Registro de pausas y de horas extra, no solo entrada y salida.
  • Correcciones que queden registradas con su motivo, sin borrar el fichaje original.
  • Acceso del trabajador a sus propios registros y exportación para la Inspección.

Si hoy fichas en papel, pasar a un sistema digital antes de que sea obligatorio te ahorra la prisa de última hora y, de paso, el trabajo de sumar horas a mano.

Registro de jornada en hostelería: los casos difíciles

SituaciónQué hacer
Turno partidoRegistrar las dos entradas y las dos salidas, no solo la primera y la última.
Horas extra el sábadoQue queden en el registro y en la nómina; el resumen mensual debe coincidir.
Camarero de refuerzo para un eventoTambién ficha, aunque trabaje un solo día.
Trabajo en terraza o en otro localFichaje desde el móvil con ubicación o en un punto de fichaje en cada local.
Encargado que «apunta» a todosEvitarlo: cada persona ficha lo suyo. Si se corrige, que quede registrado quién y por qué.

Una idea práctica: que el fichaje esté donde el personal entra, no en la oficina. Un terminal de pared o una tablet en la entrada de personal reduce los olvidos a casi cero.

Huella dactilar y reconocimiento facial: mejor no

Muchos sistemas de fichaje ofrecen huella o reconocimiento facial. La Agencia Española de Protección de Datos publicó en 2023 una guía que considera que, con carácter general, usar datos biométricos solo para el registro de jornada no está justificado, porque hay alternativas menos invasivas (tarjeta, código, móvil).

Si ya usas biometría, revisa con tu asesor si tienes base legal y una evaluación de impacto. Si vas a empezar, elige un sistema sin biometría y te ahorras el problema. Tienes más sobre esto en nuestro artículo de RGPD en el comercio.

Cómo llevar el registro de jornada sin papeleo

  1. Elige un sistema digital sencillo: fichaje con el móvil, con un código en una tablet o con tarjeta.
  2. Configura los turnos y las pausas para que el sistema avise de olvidos y de horas extra.
  3. Saca el resumen mensual directamente del sistema y pásalo a la gestoría para las nóminas.
  4. Guarda cuatro años de registros con copia de seguridad.

Para esto hicimos iControl, nuestro módulo de fichajes y turnos: se ficha desde el móvil o desde un quiosco en la entrada, sin biometría, y el resumen sale listo para la nómina. Si prefieres otro sistema, también te ayudamos a montarlo, igual que el resto de nuestros servicios; si quieres verlo, escríbenos. Lo importante es que el registro de jornada refleje la realidad.

Preguntas frecuentes sobre el registro de jornada

¿Es obligatorio el registro de jornada en una empresa pequeña?

Sí. Desde el 12 de mayo de 2019 es obligatorio para todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena, sin importar su tamaño.

¿Ya es obligatorio el fichaje digital?

No. A octubre de 2026 el real decreto del registro de jornada digital sigue en tramitación y no está publicado en el BOE. Hoy vale cualquier sistema fiable, incluido el papel.

¿Cuánto tiempo hay que guardar el registro de jornada?

Cuatro años, a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

¿Qué multa hay por no registrar la jornada?

Es una infracción grave sancionada con multas de 751 a 7.500 euros, según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

¿Puedo usar la huella dactilar para fichar?

La AEPD considera que, en general, no está justificado usar datos biométricos solo para el registro de jornada. Es preferible un sistema con móvil, código o tarjeta.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9 (BOE) · Real Decreto-ley 8/2019 (BOE).

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